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Todo lo que necesitas saber para hacer un cambio de asesoría

Todo lo que necesitas saber para hacer un cambio de asesoría

Si quiere hacer un cambio de asesoría, nunca debe precipitarse. Lo ideal es elegir una fecha en la que menos problemas pueda tener. Una mala experiencia puede hacer que piense en cambiar de asesoría de manera inmediata; sin embargo, le advertimos que esta no es nunca la mejor opción. Un cambio en la mitad de un trimestre, en plena declaración de la renta o poco antes del cierre del año no le beneficiará. Por eso, debe elegir bien la fecha.

El cambio de asesoría más adecuado será en enero. Este mes coincide con el cierre de trimestre y no hay que cumplir con ningún trámite añadido, como el Impuesto sobre Sociedades o la Declaración de la Renta. Además, este momento suele estar cargado de nuevos retos y propósitos. Muchas empresas aprovechan para empezar con trabajos más eficientes e incluso con cambiar los servicios con los que no se encuentran satisfechos.

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Documentación necesaria para hacer un cambio de asesoría

Para que cambiar de asesoría sea una experiencia satisfactoria, debe tener toda la documentación necesaria bajo control y accesible. Si no se tiene controlada del todo, es aconsejable que sea la nueva asesoría la encargada de orientarle en todo momento y de detallarle la documentación que debe solicitar a su antigua asesoría, que deber ser la siguiente.

Declaraciones censales

Es la forma de informar a Hacienda de que inicia una actividad como autónomo o como empresario; es decir, debe informar cuándo comenzó la actividad económica de su empresa.

Declaraciones de IVA trimestrales y resúmenes anuales

La declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelo 390, deberá presentarse en los treinta primeros días naturales del mes de enero siguiente al año al que se refiere la declaración.

Declaraciones de IRPF

El IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto que tienen que pagar las personas físicas que son residentes en España o contribuyentes de sus rentas obtenidas durante un periodo de un año natural.

Declaración anual de operaciones con terceras personas

El modelo 347 de la AEAT es una declaración informativa anual en la que se recoge el total de las operaciones realizadas con clientes o proveedores, siempre que el conjunto de las mismas supere los 3 005,06 euros anuales

Libros de registro de facturas

Se trata de un libro en el que se registran y anotan odas las facturas que el autónomo ha emitido a sus clientes durante un periodo de tiempo. Se incluye, en su caso, la base imponible, el IRPF, el IVA y el total de la factura, además del número de factura.

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